martes, 28 de octubre de 2014

Este jueves iniciará consulta pública del proyecto Ley de Semillas

La probable aprobación de esta normativa derogará la Ley de Semillas y Materiales para la Reproducción Animal e Insumos Biológicos, promulgada en el año 2002

 
Este jueves iniciará la consulta pública del Proyecto de Ley de Semillas, aprobado en primera discusión el pasado 14 de octubre, en la Región Estratégica de Desarrollo Integral (Redi) de los Llanos, con sede en San Juan de los Morros, estado Guárico.

Según reseña el portal web de la Asamblea Nacional, el sábado 1 de noviembre la consulta se realizará en Nueva Esparta, Sucre, Monagas, Delta Amacuro, Bolívar, Amazonas y Anzoátegui. El jueves 06 en la Redi de la región Andes, que incluye los estados Mérida, Táchira y Trujillo, mientras que en la región Occidental, que incluye Falcón, Lara y Zulia el sábado 8. La jornada culminará el sábado 22 de noviembre en la Redi Central, compuesta por Miranda, Aragua, Carabobo, Distrito Capital y Vargas.

El coordinador de la Subcomisión de Desarrollo Agroalimentario de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional (AN), diputado José Ureña, informó que el instrumento legal con cinco títulos, 17 capítulos, 101 artículos, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, propone promover y fortalecer la producción, certificación, protección, distribución y comercialización de las semillas.

La probable aprobación de esta normativa derogará la Ley de Semillas y Materiales para la Reproducción Animal e Insumos Biológicos, promulgada en el año 2002, ya que el país protagoniza cambios que conducen a promover el incentivo de la producción nacional y el cuidado de los alimentos que consumen la población venezolana.

La norma esta fundamentada en el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que el Estado debe promover la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, para garantizar la seguridad alimentaria de la población.
T y F/RNV
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