jueves, 10 de enero de 2013

Conatel abrirá procedimiento a Globovisión por generar zozobra en la población (VIDEO)



Caracas, 09 Ene. AVN.- El director general de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), Pedro Maldonado, anunció que se iniciará un proceso administrativo sancionatorio a la planta televisiva Globovisión "por estar presuntamente incursos en los ilícitos administrativos que establece el artículo 27 de la ley Responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley Resorte)", el cual reza no difundir mensajes que generen zozobra en la población.

Este procedimiento se realiza debido a la difusión de micros sobre las diferentes tomas de la juramentación del presidente Chávez y la cadena de radio y TV, del pasado 8 de diciembre, en la que el jefe de Estado informó sobre la nueva intervención quirúrgica a la que debía someterse, conjuntamente con el artículo 231 de la Constitución Nacional para alterar el orden en la sociedad, destacó Pedro Maldonado, directo de Conatel.

Explicó que la Gerencia de Responsabilidad Social de la Comisión, durante la verificación y análisis correspondientes, detectó que el canal de noticias ha transmitido durante el pasado mes de diciembre y en enero "una serie de micros y mensajes con las grabaciones de alocuciones y toma de posesión del Presidente de la República en otras oportunidades, así como la alocución del 8 de diciembre con el texto de la Constitución Nacional, especialmente, el del Artículo 231".

El artículo 27 de la Ley Resorte establece que no está permitida la difusión de los mensajes, por radio y televisión, que promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia; que fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público; que desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas; e inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

En este sentido, informó que los abogados de la Consultoría Jurídica de Conatel están realizando la notificación del procedimiento al canal.

"El mencionado medio de comunicación tendrá el derecho constitucional a la defensa y al debido proceso, donde presentarán en su oportunidad sus alegatos para la defensa de sus intereses en este proceso", acotó.

Resaltó que el Directorio de Responsabilidad Social determinará al final del procedimiento que existen méritos suficientes para aplicar una sanción, la cual puede ser una multa del 10 % de los ingresos brutos del ejercicio fiscal anterior o la suspensión de las transmisiones de la planta televisiva por 72 horas.

Bajo el amparo del artículo 31 de la Ley Resorte, señaló que se estableció una medida cautelar abierta para la suspensión inmediata de la difusión de los mencionados micros audiovisuales.

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